13/5/13

España: El crimen de Cuenca

El jurado condena sobre la base de rumores

Película realizada por Pilar Miró sobre la base del caso
 
El Crimen de Cuenca consistió en una serie de errores judiciales y policiales con tortura y penas de prisión para los acusados, ya que el crimen jamás existió. Ocurrió entre las localidades de Tresjuncos y Osa de la Vega, en la provincia de Cuenca, España, en el año 1910.

José María Grimaldos López, un joven pastor de 28 años apodado El Cepa (al parecer por su baja estatura y pobre entendimiento), que trabajaba en la finca de Francisco Antonio Ruiz, era objeto de continuas burlas por parte de León Sánchez, mayoral de la finca y también por el guarda Gregorio Valero.


El 20 de agosto de 1910, José María vendió unas ovejas de su propiedad y desapareció.

Posteriormente se averiguó que fue a tomar unos baños a «La Celadilla», laguna cuyas aguas y barros, con los que se embadurnan los bañistas, se cree que poseen propiedades curativas ("Baños medicinales La Celadilla"), y que se encuentra situada en el término municipal de El Pedernoso a unos 4 km de la población.
 
León Sanchez, uno de los acusados injustamente por el inexistente crimen
 
Después de varias semanas desde su desaparición, comenzaron a correr rumores por los alrededores del pueblo de Tresjuncos sobre el posible asesinato de José para robarle el dinero que había obtenido por la venta de las ovejas.

Al tener conocimiento los familiares de las burlas que José María recibía, puesto que él mismo las comentaba continuamente cuando estaba en casa, decidieron presentar denuncia de la desaparición en el juzgado de Belmonte, acusando a León y a Gregorio de ser los presuntos asesinos del supuesto crimen, por lo que fueron apresados para ser presentados a juicio.

En el mes de septiembre de 1911 la causa fue sobreseída, luego de interrogar a los detenidos, se instruyó el sumario y por falta de pruebas el juez puso a los acusados en libertad.

Al cabo de un par de años, en 1913, por insistencia de los familiares de Grimaldos se reabre el caso. La familia de José María vuelve a denunciar coincidiendo con la llegada del nuevo juez, Emilio Isasa Echenique. Nuevamente se vuelve a cursar orden de detención a los mismos sospechosos iniciándose así un largo proceso de calvario para éstos.
 
Gregorio valero en primer termino junto a su mujer. Arriba a la izquierda León Sanchez, y a la derecha, el cura de Tresjuncos, en la prensa de la época

La Guardia Civil comenzó a torturar y maltratar a los detenidos a fin de conseguir las confesiones de los inculpados de la muerte de José María como responsables del crimen y conseguir también averiguar qué habían hecho con el cadáver del desaparecido.

Así transcurre hasta que el 11 de noviembre de 1913 y por orden del juez de Belmonte, el juez de Osa de la Vega levanta acta de defunción haciendo constar que, José María Grimaldos López, natural de Tresjuncos, falleció el 21 de agosto de 1910 a las 8.30 o las 9.00 de la noche a consecuencia de haber sido asesinado por Gregorio Valero y León Sánchez. El acta recoge la anotación marginal: No ha podido ser identificado el cadáver por no haber sido hallado.

En 1918 después de llevar 4 años y medio encarcelados, comienza el juicio contra los inculpados con un sumario plagado de contradicciones y diligencias sin esclarecer, el juicio termina condenando a los acusados a 18 años de cárcel por sentencia de la Audiencia Provincial.

El tribunal que condenó a los acusados apenas deliberó durante treinta minutos, y los doce miembros que componían el jurado los consideró culpables de la muerte de José María.

La labor de la defensa consistió en limitarse a evitar la pena capital, el garrote vil aún vigente en esos días. Gregorio cumplió condena en el penal de San Miguel de los Reyes en Valencia, mientras que León la cumplió en la prisión de Cartagena.
 
Los condenados injustamente por un jurado popular

El 8 de febrero de 1926, el cura de Tresjuncos recibe correo del cura del municipio de Mira, que le envía una carta en la que solicita la partida de bautismo de José María Grimaldos a fin de celebrar el matrimonio de este.

El cura de Tresjuncos, sin salir de su estupor ante semejante noticia, decide no responder al párroco de Mira. Mientras tanto pasa el tiempo y José María Grimaldos, impaciente por que su partida de nacimiento no llega, decide partir hacia Tresjuncos y se presenta sin más en el pueblo.

La gente del pueblo al ver a José María no dan crédito y todo el pueblo y sus alrededores se conmueve ante la noticia, entonces, el juez de Belmonte interviene y ordena detener al llamado José María Grimaldos.

En las siguientes horas, la noticia llega a la prensa y a la opinión pública y alcanza enorme trascendencia. El Cepa desapareció el 21 de agosto de 1910 porque, según él mismo declaró, «me dio un barrunto y me marché» a tomar los baños medicinales a la cercana finca de La Celadilla.

José María Grimaldos "El cepa" junto a varios vecinos del pueblo en la esquina inferior izquierda
 
Tras la indiscutible identificación de Grimaldos, el Ministro de Gracia y Justicia ordena la revisión de la causa y manda al fiscal del Tribunal Supremo interponer recurso de revisión contra la sentencia de la audiencia de Cuenca. En dicha orden se anota que, "hay fundamentos suficientes para estimar que la confesión de los reos Valero y Sánchez, base esencial de sus condenas, fue arrancada mediante violencia continua inusitada". (...)

Según el Tribunal Supremo: "en vista del error de hecho que motivó la sentencia, se declara la nulidad de la misma, por haberse castigado en ella delito que no se ha cometido, afirmándose así la inocencia de Gregorio Valero y León Sánchez" (Tribunal Supremo, sentencia del juicio de revisión de 10 julio 1926). La sentencia publicada por el Tribunal Supremo, declara nula la resolución dictada en Cuenca en 1918 estableciendo así la inocencia de Sánchez y Valero, al mismo tiempo, establece la nulidad en el acta de defunción de José María Grimaldos, y determina, las indemnizaciones correspondientes que el Estado debe abonar a los presos en estos casos.

Es muy atinada la editorial escrita en el Diario El Debate de España (9 de marzo de 1926) con motivo del error judicial que originó la actuación del jurado en el juzgamiento del Crimen de Cuenca: "La policía y el sumario se limita a recopilar prueba que, reproducidas en el juicio oral, son apreciadas libremente por el jurado popular. Los magistrados no tienen más misión que aplicar como autómatas la pena que señala el código penal al delito definido en el veredicto, del cual no se pueden apartar. El error judicial no es responsabilidad de la policía, ni del instructor del sumario, ni de las partes, ni del magistrado que en base al veredicto del jurado dicta la sentencia. El error ha de cargarse a cuenta exclusiva del jurado" (citado por Alejandre, J.A., La justicia popular en España. Análisis de una experiencia histórica: los Tribunales de Jurados, Madrid, 1981, p. 223).

Sánchez y Valero acabaron sus días en Madrid, lejos de su pueblo y de las gentes que los habían condenado, ahí se les ofreció un trabajo de guarda jurado al servicio del Ayuntamiento.
 
 

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